Concesión de Ayuda a LAS ESPINAS C.B.
Datos Generales:

  • Nombre/Razón Social: Las Espinas C.B.
  • Forma Jurídica: Comunidad de Bienes
  • Domicilio: Las Espinas S/N, Miera, Cantabria
  • NIF/CIF: E39876503
  • Teléfono: 690900948
    Asunto: Programa «Abriendo Nuevos Mercados Nacionales e Internacionales»
    El 8 de octubre de 2020, se publicó en el BOC la Orden INN/37/2020, que establece las bases para las subvenciones de SODERCAN en el programa mencionado. Posteriormente, el 20 de mayo de 2022, se notificó una resolución denegatoria para la ayuda solicitada, la cual fue recurrida por Las Espinas C.B.
    El 3 de octubre de 2025, el Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio emitió una resolución que estima parcialmente el recurso de alzada, declarando que la resolución denegatoria previa era inválida y ordenando a SODERCAN realizar las verificaciones necesarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos de la ayuda solicitada.
    Resoluciones Específicas:
  1. Estimación Parcial: Se estima el recurso interpuesto y se anula la resolución denegatoria del 20 de mayo de 2022.
  2. Retroacción de Actuaciones: Se ordena a SODERCAN llevar a cabo la instrucción correspondiente antes de conceder y pagar la ayuda.
    Concesión de Ayuda:
    Se ha concedido a Las Espinas C.B. una subvención a fondo perdido por un importe de 439,20 €, basada en un presupuesto elegible de 732,00 €, destinada a la prospección, promoción comercial y formación especializada.
    Detalles de la Ayuda:
  • Importe Justificable: 1.516,00 €
  • Importe Aceptado Técnicamente: 732,00 €
  • Ayuda Resultante: 439,20 €
    La concesión se encuentra sujeta a condiciones generales y específicas de la Orden INN/37/2020, la resolución SOD/NM/20/21 y la Ley General de Subvenciones 38/2003.
    Condiciones Particulares:
    Es fundamental cumplir con obligaciones de publicidad y transparencia. Las entidades beneficiarias de ayudas públicas de al menos 10.000 euros deben publicar información sobre las retribuciones anuales e indemnizaciones de sus altos cargos en sus páginas web. Si no tienen web propia, deben hacerlo en los portales de sus organizaciones o presentar un certificado a SODERCAN.
    Cabe señalar que, desde el 4 de abril de 2025, la Ley de Cantabria 2/2025 modifica la obligación de publicar información para subvenciones a partir de un importe mínimo de 100.000 euros.
    Este resumen recapitula los aspectos importantes de la notificación resolutiva y la concesión de la ayuda, así como su marco normativo.